
Desde algunos medios, blogs, páginas y foros se ha atribuido a la sanción al subteniente Bravo intencionalidad política de origen. Como si el arresto hubiera sido un deliberado ataque al asociacionismo militar, al ser este suboficial miembro del consejo de personal de las FAS (COPERFAS). Y, simultáneamente, se instó al ministro de defensa a interrumpir el cumplimiento de la sanción. Vaya, como si una intervención ministerial —si ello legalmente fuera posible— no hubiera sido una interferencia política en el régimen interior de las FAS. Los hechos son tozudos. Éstos son hechos: el subteniente, el 16 de julio de 2012, estando de servicio, y cuando no existía todavía COPERFAS, hizo unas declaraciones en dos medios de radiodifusión. Un mando intermedio dió parte por escrito de tales declaraciones, por presunta falta grave. Parte que llegó hasta el general jefe de la jefatura de sistemas de información, telecomunicaciones y asistencia técnica del Ejército de Tierra. De acuerdo con dictamen jurídico, la responsabilidad y la potestad de ordenar la apertura del correspondiente expediente y, en su caso, corregir ese tipo de faltas para el personal a sus órdenes, recae en el mencionado general. Consecuentemente, la citada autoridad ejerció sus funciones. La instrucción concluyó en la existencia de una falta grave incursa en el artículo 8.18 del vigente reglamento disciplinario de las FAS (“hacer reclamaciones, peticiones o manifestaciones contrarias a la disciplina o basadas en aseveraciones falsas; realizarlas a través de los medios de comunicación social o formularlas con carácter colectivo”). El último y definitivo hecho es que, en acuerdo con esa conclusión del instructor, el general impuso al subteniente el arresto de un mes y un día que es el mínimo posible para falta grave. Y a la vista de todos esos hechos, uno puede preguntarse: ¿qué hay de político en la estricta aplicación de lo que la ley prescribe? O ¿es que quienes presionaban al Ministro pretendían que éste interfiriera en un proceso reglado de sanción disciplinaria, reservado a la cadena de mando? Guste más o guste menos, era un asunto de carácter disciplinario y así fue tratado. Pero éste es un estado de derecho; en consecuencia, la vía de los recursos está a disposición del subteniente Bravo.
Una segunda cuestión interesante fue la convocatoria por parte de AUME (asociación profesional de la que el subteniente Bravo es presidente), dirigida a militares, familias y sociedad civil para manifestarse, el 27 de abril pasado, ante la sede del ministerio de defensa. “Por un régimen disciplinario digno que no arreste a la libertad de expresión. El 27 de abril ¡Todos a Madrid!” fué el lema que animaba a acudir a la convocatoria. Un lema de larga, quizás excesiva, intención. Dejando al margen —que no es poco dejar— el análisis de la legalidad de una manifestación reivindicativa de militares, allí hubo pancartas con lemas muy variados. Por ejemplo: “¡Carrera digna!”; “¿Derechos plenos!”; “¡Sí se puede!”(¿?) (de la plataforma de afectados por la hipoteca); “Por la defensa de los derechos sociales y profesionales de las FAS”; o “Por un régimen disciplinario digno”. Los concentrados, según medios y asociaciones, rondarían el centenar. Si se descuentan los inevitables policías de paisano, informadores, gente de inteligencia y cni, “francotiradores” (plataformas extrañas), sindicalistas, etc que con seguridad asistirían, no podría afirmarse que fue una convocatoria muy movilizadora. La otra asociación mayoritaria del consejo de personal de las FAS, ASFASPRO, por ejemplo, tampoco estuvo presente. Sí lo estuvo, curiosamente, el secretario general de CC OO quien, la verdad, uno no sabe bien qué pintaba allí; seguro que él sí lo sabía. Pero lo importante no es la equivocación de meterse en una convocatoria tan poco exitosa. Lo importante es la valoración del batacazo el cual, a mi juicio, mostró que, siendo evidente cierto grado de frustración profesional, especialmente en el cuerpo de suboficiales, no está claro que sea tan general como algunos proclaman. Asimismo, mostró que, para la mayoría, el espíritu de reivindicación de mejoras no desborda, al menos por el momento, los límites de la libertad de expresión que prescribe la ley. Y eso indica que hay margen todavía para, en su caso, retocar algunas cosas como, por meros ejemplos, en los campos de vida y promoción interna.
Y el tercer punto, relacionado con todo lo anterior, fue la reunión extraordinaria del COPERFAS, del pasado 6 de mayo, a petición de las tres asociaciones presentes en dicho consejo, para tratar las circunstancias y condiciones del ejercicio de la libertad de expresión de los miembros de las Fuerzas Armadas. Presidió la subsecretaria de defensa. Quizás, el mayor éxito de tal reunión, a la que asistió en representación de su asociación el subteniente Bravo, fue meramente el haberse celebrado. Al intento de las asociaciones de debatir las condiciones producidas en el arresto del suboficial, se dejó constancia —como no podía ser de otra forma—, que las sancionas disciplinarias son materia reservada por acuerdo de consejo de ministros, así como que los límites de la libertad de expresión de los militares se encuentran recogidos en el artículo 12 de la L. O. de derechos y deberes de las FAS. En definitiva, que el COPERFAS es un órgano consultivo y no terreno para discutir y valorar los asuntos disciplinarios.
Igualmente, con la legislación vigente en la mano, no hay lugar para espacios de autonomía militar. Viene a cuento recordar lo que en un post anterior recogía: “veo lógico que los miembros del consejo de personal de las FAS tuvieran un “especial” tratamiento reglado, que les permitiera manifestarse con una mayor libertad de expresión de la que la ley atribuye a los militares en general. Pero, con todo el gran respeto que tengo por el asociacionismo profesional, asimismo entiendo que ese pretendido «aforamiento» solo podría eventualmente amparar aquellas actividades que, indubitadamente, se realizaran en la calidad de vocales del Consejo, y en relación a las competencias que al mismo le hubieran conferido las leyes. Lo contrario crearía ámbitos de autonomía de difícil encaje en la condición militar de los vocales, asimilando el estatus de los “aforados” a la figura instrumental que requieren los medios de negociación colectiva. Medios que explícitamente se niegan a los ejércitos en la constitución”. En otros términos, asociaciones profesionales, sí; sindicatos, no.
Finalmente, para no alargarme más, quiero señalar que en fechas inmediatas, quizás el próximo viernes, 10 de mayo, el consejo de ministros apruebe el proyecto de ley orgánica de régimen disciplinario de las FAS, y su posterior envío al congreso de los diputados para el correspondiente trámite parlamentario. Es ahí, precisamente, donde han de dirimirse y aclararse esas cuestiones disciplinarias tan aireadas últimamente. Mientras tanto, creo que lo razonable y lo prudente por parte de todos es cumplir con la ley vigente. Intentar “forzar la máquina” por otras vías, incluso insistiendo en formulaciones anteriores que no llevan más que a la frustración y al conflicto estéril no es una vía recomendable. Definitivamente, y contestando al anónimo comentario con el que se abría el post, las Fuerzas Armadas defienden la democracia, y sus cometidos y su organización derivan de decisiones tomadas por los correspondientes órganos democráticos. Pero, siendo una institución de la democracia, actúa y opera pivotando, entre otros, sobre los principios de jerarquía y disciplina. Vaya, no sé si me explico.
Fuente : blogdepitarch