La OATM – Organización de Apoyo a la Tropa y Marinería, consultó a la AEPD – Agencia Española de Protección de Datos, sobre el cumplimiento o incumplimiento que la norma del protocolo de actuación frente al acoso laboral puede estar incumpliendo al tramitarse mediante partes militares datos de situaciones de acoso por conducto reglamentario vulnerando la privacidad del denunciante y del denunciado al intervenir en su gestión personas ajenas a la resolución de dicho protocolo. Además con frecuencia el denunciante convive militarmente hablando con el denunciado, posibilitando que el denunciado que además dispone de potestad sancionadora emprenda otro tipo de acciones contra el denunciado.
La OATM pretende que la AEPD emita un dictamen al respecto sobre si el conducto al que obliga tramitar el Ministerio de Defensa a los militares en sus conflictos contra militares se incumple su derecho a la privacidad.