2017 – Información Seguridad social de los Reservistas de Especial Disponibilidad

¿Se ha comunicado alguna vez el Ministerio de Defensa con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social los datos de los militares de Tropa y Marinería que han cotizado acorde al código CNAE 84.22?

Desde el 1 de enero de 2011, todo el personal que ha ingresado en las FAS, ha sido dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Socia l, cotizando el Ministerio de Defensa acorde al CNAE 84.22 (Defensa), a efectos de la cobertura de lo recogido en el Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, según se establece en la Disposición Adicional 3ª del texto refundido de la Ley General de Seguridad Social.

¿Cuántas comunicaciones se han realizado al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social comunicando la cotizando de los MTM temporales acorde al Código CNAE 84.22 a los fines de que se les reconozca su experiencia laboral?

Mensualmente se remiten las relaciones de perceptores en ficheros a la Tesorería General de la Seguridad Social y al Servicio Público de Empleo Estatal.

A fa finalización de los MTM que cesan en sus compromisos tanto iniciales como de Larga Duración ¿ Cuántos certificados de empresa ha emitido el Ministerio de Defensa con el tiempo total cotizado a la Seguridad Social acorde al código CNAE 09 84.22?

Al personal de tropa y marinería de carácter no permanente que cesa en sus actividades y solicita el certificado de desempleo, se le proporciona el mismo y se remite, vía electrónica, al SEPE. Actualmente se han confeccionado, mensualmente, una m@dia de 250 certificados de empresa para el desempleo.

En caso de que no se hayan comunicado dichos datos a la TGSS ¿a qué se debe dicha omisión de comunicación que impide a los ciudadanos Reservistas de Especial Disponibilidad o reservistas que aparezca su experiencia laboral en su certificado de vida laboral?

Se comunican regularmente los datos a la Tesorería General de la Seguridad, de todos los perceptores que son altas en la nómina de Ministerio de Defensa y cotizan al Régimen General de la Seguridad Social, al menos, con carácter mensual, por lo que los periodos trabajados aparecen en las vidas laborales de cada perceptor.
En el caso de los Reservistas de Especial Disponibilidad, no están acogidos a este régimen dado que no tienen condición de militar, percibiendo exclusivamente la asignación por disponibilidad fijada .