Anti-Wikileads a la española

El Ministerio de Defensa ha blindado sus sistemas de información y telecomunicaciones para prevenir ataques, atajar abusos y evitar la repetición en España de un caso Wikileaks, la filtración de cientos de miles de documentos clasificados que sufrieron en 2010 el Pentágono y el Departamento de Estado de EE UU. Los más de 50.000 usuarios de la denominada Red de Propósito General del Ministerio de Defensa (WAN PG) —que conecta al órgano central, el Estado Mayor de la Defensa, los tres ejércitos y las unidades desplegadas en el exterior, entre otros centros y organismos— deben firmar el denominado Formulario de Conformidad, por el que aceptan las normas del código de uso de la misma y se comprometen a cumplirlas.

Dicho código, aprobado en abril pasado, encomienda al Centro de Operaciones de Seguridad de la Información del Ministerio de Defensa (Cosdef) las “labores de monitorización continua, registro e inspección de los sistemas de información y telecomunicaciones, que permitan detectar de una forma temprana los posibles incidentes de seguridad y, en caso de materializarse, emprender las acciones reactivas pertinentes que minimicen su impacto y conlleven a su resolución”. El control afecta a todos los servicios proporcionados a través de la WAN PG, incluyendo comunicaciones, acceso a bases de datos, correo electrónico o navegación por Internet.

El código, elaborado por la Subdirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, proclama su intención de garantizar “la preservación de los derechos fundamentales de las personas reconocidos en la Constitución española”, como la intimidad, el secreto de las comunicaciones y la protección de datos de carácter personal, pero se reserva la facultad de monitorizar e inspeccionar el empleo de la red por parte de los usuarios; ya sean militares, empleados civiles del Ministerio de Defensa o personal de empresas contratadas.

Los 50.000 usuarios del sistema deben firmar que aceptan ser controlados

El propio código aclara que entiende por monitorizar la posibilidad de “observar, mediante los medios técnicos apropiados, el uso que se hace de los sistemas de información y telecomunicaciones \[…\] e identificar los intentos de comprometer su seguridad, con el objetivo de proteger dichos sistemas y la información que estos manejan”. Respecto a la facultad de inspeccionar, la define como la posibilidad de “examinar los registros de actividad de cualquier sistema de información y telecomunicaciones \[…\] para garantizar el cumplimiento de los requisitos de seguridad correspondientes”.

Ningún usuario podrá alegar que el control de sus comunicaciones supone una invasión de su intimidad, pues el código determina que la infraestructura y los equipos del ministerio “únicamente \[son\] para fines oficiales, no pudiendo ser utilizados con carácter privado”, y califica de “abuso” cualquier uso “que trascienda los fines estrictamente laborales o profesionales”.

Fuente: El País