Defensa dice que las militares con jornada reducida para cuidar hijos también tienen que ir a misiones internacionales

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El Ministerio de Defensa ha señalado que las militares con jornada reducida para el cuidado de hijos menores de 12 años también tienen que participar en misiones internacionales, porque se trata de una «necesidad del servicio» que tiene «prevalencia» sobre el derecho a la reducción de jornada. No obstante, ha recordado que existe la «posibilidad» de eximirse de estas misiones por «circunstancias personales extraordinarias justificadas documentalmente» que se estudian «caso por caso«.

El Departamento que dirige Pedro Morenés ha respondido así a la diputada de UPyD Irene Lozano, que preguntó en el Congreso de los Diputados por qué no se ha incluido esta situación como uno de los supuestos para el aplazamiento de comisiones de servicio en operaciones en el extranjero que incluyó en una reciente orden ministerial.

En dicho texto, publicado en el Boletín Oficial de Defensa el pasado 26 de febrero, se contemplan como motivos para aplazar una comisión de servicio en los casos en que coincida con la fecha de una vista judicial de separación o divorcio si está en litigio la patria potestad de los hijos, así como en los casos en que los militares vayan a ser padres y sea un embarazo de «alto riesgo».

También se incluyeron los casos de fallecimiento del cónyuge, un hijo o un familiar de primer grado que tenga a su cargo hijos del militar, si se trata de una familia monoparental, si la muerte se ha producido en los seis meses previos a la comisión de servicio, o si el militar o su cónyuge están en un proceso de desahucio, siempre que los hijos residan en el imbueble objeto del proceso de ejecución hipotecaria.

Defensa explicó que con estas medidas buscaba avanzar en la conciliación de las obligaciones derivadas del servicio en las Fuerzas Armadas y la conciliación de la vida personal y familiar.

Ahora, UPyD se pregunta «cuál es la razón» por la que un militar, «mayoritariamente mujeres«, que se encuentre disfrutando de reducción de jornada por razón de guarda legal de un menor de doce años pueda ser designada para participar en los contingentes de misiones en el extranjero. «¿Considera el Gobierno que esta medida es compatible con la conciliación de la vida familiar y laboral?«, añade.

En su respuesta, a la que ha tenido acceso Europa Press, Defensa explica que la realización de misiones internacionales «constituye una necesidad del servicio, que determina la prevalencia de la comisión de servicio en el exterior sobre el derecho a la reducción de jornada por causa de guarda legal para el cuidado de un menor de 12 años«.

NUEVA MODIFICACIÓN DE LA NORMATIVA

No obstante, explica que se está «tramitando una modificación de la normativa sobre destinos y comisiones de servicio del personal militar profesional» con el objetivo de «incluir nuevas causas de aplazamiento a una misión relacionadas con la conciliación de la vida personal, familiar y profesional».

Además, recalca que existe la «posibilidad de no designar para este tipo de misiones a personal afectado por circunstancias personales extraordinarias justificadas documentalmente y que se estudian caso por caso«.

El reglamento de destinos ya establece «salvaguardas» cuando se produzca la «coincidencia temporal en comisiones de servicio de los dos progenitores de un menor de doce años«.
Fuente : europapress

Carmen D