MATAR AL MENSAJERO

Pedro_pitarchEn marzo de 2013 publiqué el post “¡QUE TE LEVANTES!” . En él analizaba la noticia de entonces, de un diario de tirada nacional —con vídeo incluido—, por la que se destapaban maltratos dados a dos civiles locales, supuestamente en la base principal de la brigada española desplegada en Irak, a comienzos de 2004. En mi texto, valoraba el asunto como de extrema gravedad así como describía cual, en mi opinión, debía ser el camino a seguir. Lo sintetizaba en tres pasos necesariamente sucesivos: “autenticar el video”; “investigar y determinar quiénes fueron presuntamente autores, cómplices o encubridores de los desmanes”; y “exigencia de responsabilidades a todos los anteriores”.

Ese post originó un cierto debate con densos comentarios —que recomiendo su lectura porque fueron muy ilustrativos— tanto de civiles como de militares. Éste es un aspecto interesante porque, a pesar de que algunos pensaban que era un tema “interno” del Ejército, en mi opinión no era así. Cuando están por medio los derechos humanos y el cuestionamiento de la ejemplar trayectoria de las FAS en sus misiones exteriores, el problema pasa a ser de interés general. De entre los comentaristas militares los hubo de diferentes empleos, desde generales a suboficiales. Se dio bastante coincidencia en juzgar que los hechos, de ser ciertos, debían ser sustanciados en ámbito judicial. Bien que también se dio una extendida sospecha de que podía tratarse de una situación inventada para desprestigiar a las FAS. Algunos incluso arremetieron inmediatamente contra periódico y periodista, como si las eventuales razones de la publicación de la noticia, cualesquiera que fuesen, pudieran invalidar la potencial realidad de los hechos. Era aquello de la alta edad media de matar al mensajero.

El Ejército de Tierra admitió que las imágenes del vídeo bien podrían corresponder a la base española y, abandonando prejuicios, pasó el tema al juzgado militar correspondiente. Y empezó a actuar la justicia militar. Durante más de un año nada se había vuelto a saber del caso. Por eso, muchos pensaron que el juez archivaría sin más las actuaciones. Según han informado el mismo periódico y el mismo periodista , el Juzgado Togado Militar Territorial nº 12, como resultado de sus investigaciones, ordenó la prisión preventiva de un legionario, que ingresó el pasado 28 de junio en el establecimiento penitenciario militar de Alcalá de Henares. Anteayer jueves, ese legionario fue puesto en libertad y casi simultáneamente fueron detenidos otras cuatro personas, que en las fechas de los hechos investigados eran también legionarios en la brigada Plus Ultra II, desplegada en Afganistán. De esos cuatro uno de ellos continúa en la Legión y los otros tres son ahora guardias civiles.
La buena noticia es que la a veces tan denostada justicia militar parece estar funcionado bien en este caso. Tanto la declaración ante la juez del primer detenido, como las que previsiblemente han de prestar los otros cuatro ahora en prisión preventiva despejan muchas dudas, sobre el video. Por un lado, sobre los hechos reflejados en él, y sobre la identificación de presuntos autores o responsables directos de los maltratos por el otro. Por tanto, los dos primeros pasos que sugería en mi post inicial sobre el tema parecen haberse cumplido. El primero plenamente. El segundo supongo que, de momento, parcialmente. Falta, en su caso, completarlo. Porque según decía en el post aludido, y me ratifico en ello, “ No debe permitirse que la duda vuele sobre la ejecutoria de las FAS en su acción operativa en el exterior. No sería justo que la acción esforzada, brillante y ejemplarmente limpia de más de 130.000 militares, que hemos participado en misiones en el exterior durante los últimos 25 años, fuera mínimamente enturbiada por un potencial suceso de vejación y maltrato de detenidos, bajo custodia de nuestras tropas, en el interior de una base española. Guarda que no solo significa impedir la escapada de los detenidos, sino también garantizar su integridad física”. Este aspecto de la responsabilidad de sucesivos escalones ascendentes, tiene dos caras complejas. Una, el fallo en la protección de los prisioneros. Y, la otra, la omisión en su momento, en pleno teatro, de la exigencia de responsabilidades vía mando, una vez detectado el fallo anterior. En mi opinión, ambas deberían ser plenamente esclarecidas en bien de la credibilidad de la administración de la justicia militar así como del prestigio de las FAS.

Y remataba aquel post en estos términos, que también confirmo ahora: “parece incuestionable la necesidad de rápida aclaración de los hechos relatados. Evitando caer en la frecuente tentación del paternalismo mal entendido. Los hechos, si se confirmaran, aunque fueran de limitado alcance en número de personas, revestirían una gravedad supina que, previsible y potencialmente, solo la acción penal (prescripciones aparte) podría abordar. En un estado moderno, su actividad militar, incluyendo la operativa, no puede disociarse del derecho. Ni nacional ni internacional. Ni de las leyes o convenios que conforman el derecho de guerra. Ni de la prevalencia de los derechos de todo ser humano, sea criminal tanto presunto como confeso”.

Fuente : Pitarch